Consulta Gerencial ATI
Tasa de Impuesto a Retener si la actividad realizada
es: (Conceptos más Recurrentes) Valor de la Unidad Tributaria Bs. 37.632
CÁLCULO DEL SUSTRAENDO Decreto 1.808
Parágrafo Primero del Artículo 9ª
24.500= 1%x 29.400x 83,3334
73.500= 3%x 29.400x 83,3334
2.450.000= 24.500 / 1%
2.450.000= 73.500 / 3%
25.000= 750 / 3%
25.000= 1250 / 5%
Rentas Presuntas
acum. sobre. significa que la retención del ISLR debe practicarse toando en cuenta todos los pagos y retenciones efectuadas hasta la fecha del cálculo.
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